La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), es el tratado internacional de mayor importancia e impacto en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres, al reconocer que la discriminación contra la mujer vulnera los principios de igualdad de derechos y de respeto de la dignidad humana, dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia, entorpeciendo el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad.
Además, la Convención CEDAW reconoce que la máxima participación de la mujer en todas las esferas y en igualdad de condiciones con el hombre, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz, y que para lograr esta igualdad es necesario modificar el rol tradicional del hombre y la mujer en la sociedad y en la familia.
Por su parte la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, conocida como Convención de Belém Do Pará, constituye otro instrumento internacional de gran importancia en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. Dicha Convención afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades; destaca que la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Asimismo, afirma que la violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases.
En su artículo 1, la Convención de Belém Do Pará, define la violencia contra la mujer como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Además, reconoce de forma expresa el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Según lo establece la Convención Belém Do Pará, en su artículo 7, entre los deberes de los Estados Parte, está el abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer, velar por que las autoridades, las personas funcionarias, agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas apropiadas que sean del caso, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer; así como establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos.
De ahí surge la importancia de este curso, el cual le brindará a los participantes las herramientas y sensibilización requeridas
para un acercamiento y aplicación de la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y de la Convención
Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer (Convención de Belém Do Pará), lo que a su vez, permitirá reconocer
aspectos esenciales para un eficiente desempeño en sus labores y vida, ademas de contribuir al resguardo de los derechos fundamentales de todas las mujeres.
- Asesor: Jason Madrigal